viernes, 30 de noviembre de 2012


La Reforma Tributaria: sus puntos claves y su explicación.

En momentos de debate de este proyecto es necesario explicar los efectos directos que traería su aprobación.
Hoy, 30 de noviembre de 2012, y después de varios días de discusión en foros a nivel nacional con varios expertos en temas tributarios y laborales, fue ya debatida (en primero y tercer debate) la ya tan mencionada reforma tributaria. Esta por tener un mensaje de urgencia del Gobierno Nacional fue discutida en las sesiones a conjuntas de las comisiones terceras del Senado y la Cámara de Representantes. Lo más seguro, y es lo que se dice dentro de los recintos del Congreso, es que no se alcanzará, por la densidad del tema y las reacciones que suscita, a concluir los cuatro debates hasta el 16 de diciembre y los congresistas deberán utilizar una o dos semanas de extras durante el receso congresional, como bien lo indica el artículo 138 de nuestra Constitución. A continuación explicaremos a grandes rasgos los principales temas que toca esta reforma tributaria y luego enfoquémonos en los puntos que llevan a una mayor discusión o que necesitan de una mayor explicación por su complejidad. 

Según el Ministerio de Hacienda, quien fue la institución que radicó este proyecto en el Congreso, este se puede dividir en cinco temas generales y en efecto el proyecto de ley está repartido en cinco capítulos: personas naturales, personas jurídicas, impuesto al valor agregado (IVA), ganancias ocasionales, e impuestos antievasión y antielusión. 

En el primero que trata sobre las personas naturales, surge un tipo de impuesto que se denomina como IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional), MinHacienda lo denomina como un sistema tributario que busca crear una línea progresiva de tributación. Esto quiere decir que quienes ganen o poseen más recursos deberán tributar en un porcentaje más alto y además establecería un mínimo a tributar para este tipo de personas que ganen el mínimo establecido en la ley; y de esta manera se lograría poner un piso para que no existan tasas de tributación inaceptablemente bajas en los segmentos de ingresos más altos. En últimas este IMAN busca, según el gobierno, ser un sistema impositivo que logre que los que más ganen tengan una mayor tasa efectiva de tributación (este tema será profundizado más adelante). 

El segundo tema habla sobre las personas jurídicas; aquí también se ha hablado bastante en los medios de comunicación y se han creado marchas que buscan que los beneficios que ya se han ganado anteriormente no se vean vulnerados con las proposiciones de esta reforma. Estamos hablando del pago de los parafiscales que las empresas tienen la obligación de aportar según la nómina de empleados que poseen dentro de su organización, y que según este proyecto busca que el pago de estos ya no se de bajo este sistema, sino que parte de los parafiscales se elimine (de los trabajadores que gane un salario menor a 10 salarios mínimos mensuales) y los recursos que son destinados a estas entidades, como el ICBF y el SENA, lleguen por una sobretasa al impuesto de renta de las organizaciones. Quiere decir que ya no serían aportes por la nómina sino que se convertiría en un impuesto más. También, dentro del capítulo de las personas jurídicas, se busca reducir la tarifa de renta de un 33% a un 25% y el 8% restante será destinado para un impuesto para la equidad (CREE) que será el impuesto que reemplace la eliminación de una gran parte de los parafiscales. En pocas palabras la carga a la nómina pasará a ser un impuesto a las utilidades de la empresa. 

En el tema del IVA se eliminarán diferentes tarifas de tributación y se crea una nueva quedando solamente tres tipos: de 0%, de 5%, y de 16%. Algunos productos que antes se gravaban al 16% pasarán al 5%, por ejemplo los insumos de las cadenas productivas. También se permite que quienes venden productos gravados a tarifas inferiores al 16% puedan descontar a los IVAS pagados en sus insumos en su totalidad. Hoy en día, los bienes y servicios que se venden a una tasa inferior, solo permiten descuentos hasta esta misma tasa. Por último, referente a este tema, se crea un impuesto para los diferentes bienes que se gravan desde el 20 al 35%, que mediante la reforma se gravarían con una combinación del IVA e impuesto al consumo. 

Para las ganancias ocasionales se les reduciría la tasa del impuesto a un 15% a la venta de sociedades y del 10% a la venta de activos. Por último, se crean nuevas normas de antievasión y antielusión para evitar que existan figuras a través de las cuales algunas empresas puedan tener tratamientos más favorables que otras. 

Remitámonos ahora al aspecto que ha acogido más relevancia por parte de los medios de comunicación y de la sociedad, ya que es un tema que afecta directamente a todos los trabajadores y personas de la nación: el Impuesto Mínimo Alternativo Nacional. Por la complejidad del tema esta tributación no ha sido muy bien aclarada, aquí intentaremos de manera somera resolver todas las cuestiones sobre la razón de ser y cómo se tributa este impuesto. Primero, este impuesto tiene su origen en Estados Unidos y su objetivo es que las personas naturales que tienen sustanciales partidas con preferencia fiscal sean gravadas sus rentas, a fin de asegurar que incurran en un mínimo en su obligación fiscal. Es ese país se grava entonces el impuesto más alto, si el de la renta fuere más alto sería este el que se grava, sino se gravaría el impuesto mínimo. Aquí en Colombia se crea el IMAN con el objetivo de hacer más progresivo el impuesto a la renta; según informes de la DIAN este impuesto se ha tornado regresivo, haciendo que quienes ganen más tributen a una tasa del 5% y personas que no les toca declarar renta pero que pagan este impuesto vía Retefuente, estén pagando con una tasa del 6% y 7%. 

Según el proyecto de ley radicado en el Congreso las personas con salarios mayores a 3,5 millones tendrían que pagar el impuesto a la renta y se les aplicaría el IMAN deduciéndoles un 25% además de los aportes a la seguridad social para conformar su base gravable. En estos niveles la tasa a ser gravada será de 1,66% y esta irá aumentando conforme los salarios vayan subiendo hasta llegar a una tasa de 15% cuando existan salarios de 25 millones o más. Regresando al objeto de este impuesto en Estados Unidos, se entiende entonces la naturaleza de este impuesto: se quiere evitar que distintas personas que por diferentes motivos hacen deducciones en su obligación fiscal (deducciones como créditos de vivienda, de educación o cuentas de ahorro AFC) deban pagar un impuesto mínimo independientemente de lo que puedan deducir. 

Por último es necesario mencionar que estas deducciones se vuelven más estrechas. Dos ejemplos: 

1- En materia de vivienda se fija un tope máximo de 30 millones de pesos anuales en el crédito para acceder a una reducción. 

2- En educación se aceptará una matrícula que no sobrepase el millón de pesos mensuales (el beneficio puede cubrir a dos hijos). 

Debemos tener cuidado también con este estrechamiento en las deducciones, por ejemplo el primer mecanismo podría tener efectos serios en el sector de la construcción en momentos en que están pasando por uno de sus mejores momentos y que además conforma una de las locomotoras del gobierno.

No hay comentarios:

Publicar un comentario