viernes, 1 de noviembre de 2013

Fuero de paternidad sin fundamento jurisprudencial

El proyecto de Ley José no preve que la discriminación que puede sufrir la madre por causa de su embarazo o lactancia, no la padece el hombre por estrictas razones fisiológicas.

Se encuentra actualmente en curso de su segundo debate el proyecto de ley que establece una especie de fuero de paternidad laboral, más conocido como la Ley José, para los nuevos padres y también para quienes esperan un hijo con su conyúge o compañera permanente.
El proyecto ha sido publicado en distintos medios de comunicación, explicando los principales puntos que este proyecto contiene y mostrando los presuntos beneficios que esta ley traería para los trabajadores colombianos, pero no han mencionado el debate jurídico que la nueva protección de derechos causa.

El proyecto de ley se compone de dos artículos que reforman el Código Sustantivo del Trabajo frente a la estabilidad laboral, cuando la trabajadora se encuentra embarazada y tiene a su hijo. De esta manera, el primero de ellos busca ampliar el fuero de maternidad a los 6 meses siguientes después del parto; esto con el motivo de que el período de lactancia, en el cual se le otorga a la trabajadora una hora al día para alimentarlo, se encuentre también protegido por el fuero de maternidad. Actualmente el fuero de maternidad se otorga, a grandes rasgos, desde la concepción hasta los tres meses después del parto.
El segundo punto es el más polémico, que trata sobre la posibilidad de otorgar el fuero de paternidad para los padres y futuros padres. Este artículo, en pocas palabras, establece que los trabajadores cuyas conyuges o compañeras permanentes se encuentren en estado de embarazo tendrán la misma protección que las mujeres embarazadas. Existirá entonces la prohibición de despido desde la concepción hasta los primeros 6 meses de vida de su hijo recién nacido; la notificación al empleador deberá realizarse por escrito acompañado por el resultado del laboratorio clínico; el despido, al igual que el de la mujer embarazada, solo podrá realizarse bajo autorización de una autoridad del trabajo competente; y si se da un despido la indemnización por este objeto será de 60 días de salario, sin contar con las demás prestaciones a que haya lugar.
En el primer artículo enunciado, la extensión del fuero de maternidad no tiene ningún impedimento constitucional o legal para que pueda llevarse a cabo. Es más, ya la Corte Constitucional mediante sentencia SU-070 enunció que podría considerarse como despido debido a la maternidad cuando este se da durante el período de lactancia. Ahora lo que sí es bastante polémico es la posibilidad de otorgar el fuero de paternidad a los trabajadores. En primer lugar, el primigenio proyecto de ley mencionaba que este fuero de paternidad solamente se otorgaba en el evento en el que la compañera permanente o cónyuge se encuentre desempleada. Instaurarlo así era peligroso , ya que incentivaba efectos nocivos para la lucha de la igualdad de la mujer respecto a su ingreso al mercado laboral y el final de su dependencia económica frente al hombre y al Estado. Esto fue eliminado en su primer debate.


Pero ahora, el problema que se debate es la discriminación de los trabajadores que no se encuentran casados o conviviendo con su pareja, pero aún así esperan un hijo con una pareja pasada o con su novia, que no necesariamente viva junto con él. Se discute justamente que este último sector de trabajadores serían quienes necesitarían mayor protección laboral, y que lo que se está haciendo sería una discriminación con ellos.
En segundo lugar, se debe mencionar que este proyecto de ley desconoce las causas por las cuales se establece el fuero de maternidad. Éste busca proteger a la mujer de la discriminación latente que puede sufrir en el mercado laboral por razón de su embarazo o lactancia; discriminación que en principio no existiría para el hombre en razón que su efectividad en el trabajo no se vería afectada, ni tendría que aplazar su trabajo por razones de salud (recordemos que actualmente los padres solamente tienen una semana de permiso por este motivo). Por esto, otorgarle el fuero también al padre carecería de fundamento jurisprudencial.

Por último, otro punto del debate es la implicación presupuestal que tal norma haría asumir a las diferentes empresas. Si se aprueba este proyecto de esta manera, al igual que en los contratos laborales de las mujeres embarazadas, los padres empleados no se les podría terminar sus contratos así estos sean a término fijo, por obra o labor, o cuando incurran en una falla que sea determinada como justas causas. Recordemos que la protección de la mujer es tan importante durante el momento del embarazo, que estos tipos de contratos de término fijo pueden aplazarse y renovarse con tal de realizar una protección efectiva del embarazo. Ahora esta misma cualidad se daría para todo trabajador que espera un hijo o es padre novato.

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