viernes, 25 de enero de 2013


El sector minero del país puede verse sin piso después del 15 de mayo de 2013.

Las reformas del Código Minero serán declaradas inexequibles en esta fecha con lo que se perderán todos los adelantos en normatividad ambiental en el sector.



El sector minero ha estado bastante preocupado en estos días y mucho más ahora que estamos comenzando el año y el término para que se caiga la reforma minera se acerca día a día. El nuevo Código Minero que pronto va a ser efectiva su inexequibilidad por parte de la Corte Constitucional, fue debatido y aprobado por el Congreso de la República en el año 2010, y fue promulgado bajo la Ley 1382 de 2010. 

Esta Ley de 31 artículos, reformaba puntos claves del Código de Minas vigente, pero la Corte Constitucional resolvió declararlo inexequible independientemente de los beneficios que traía, ya que al afectar directamente esta reforma a grandes minorías indígenas y de afrodescendientes, en materia social, económica, política y ambiental, era necesario que se diera una Consulta Previa con estas antes de presentarse al Congreso para su debate (la consulta previa es un derecho fundamental de las minorías étnicas de un Estado y se encuentra estipulado en el artículo 7 del Convenio 169 de la OIT). 
De lo anterior, la Corte Constitucional bajo la sentencia C-366 de 2011, decidió declar inexequible esta reforma y le dio al gobierno un plazo de dos años para la realización de estas consultas y su nueva presentación al Congreso para que este lo apruebe. Pues ya nos estamos acercando al tiempo límite y el nuevo proyecto todavía no ha sido presentado al Congreso, es más, solamente en estos momentos comenzaron a darse la serie de consultas previas que se necesitan para que las comunidades conozcan, opinen y formulen sus ideas para la creación de un nuevo proyecto que reforme el viejo Código de Minas.
Debemos mencionar que las razones por las que la Corte Constitucional dio un plazo de dos años y no fue definitivo en su decisión, fue por el peligro medio ambiental que se corría si dejaban sin piso la reforma de un día para otro. Entre lo que podría perderse si no se hace de nuevo una reforma a tiempo está el tema de las prorrogas de los títulos mineros que fueron reducidas de 20 a 30 años, que era el tiempo que se estipulaba en el antiguo Código; este tiempo fue reducido por el motivo que actualmente las medidas y técnicas para la protección del medio ambiente se están actualizando de manera más rápida y es necesario que cada vez que se busque una prorroga, la compañía deba acogerse a la nueva regulación medioambiental. También se caería la reforma al artículo 34 del anterior Código Minero que determina las zonas excluibles de explotación minera, donde se incluyeron las costas colombianas, las zonas de páramo y humedales, los lugares arquelológicos, histórico o de interés cultural. De lo anterior títulos mineros como los que surgieron en Santurbán no podrán cancelarse, ya que estos estarán protegidos por un silencio normativo. 

Otro tema ambiental que se encuentra en la reforma es la creación del Plan Nacional de Ordenamiento Minero que debe ser realizado con concordancia del Ministerio de Ambiente y la prohibición taxativa de que en los lugares de exploración y explotación se encuentren menores de edad, si esto llegare a encontrarse y evidenciarse el contrato para la explotación se cancelará de manera automática. 


Como vemos es necesario, por todo lo aquí argumentado, que el Ministerio de Minas realice de manera relámpago la serie de Consultas previas que está en obligación de hacer y enviar el proyecto al Congreso lo más pronto posible con mensaje de urgencia, si desean, para la aprobación de una reforma, que todos sabemos sucita grandes discusiones, muchos protagonismo y una infinidad de intereses particulares.


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