martes, 24 de noviembre de 2015

La paz se hace para todos, no para unos pocos

Por: John Rojas
Gerente de Activo Legal

No se entiende por qué en un estado social de derecho que debe la protección de todos los ciudadanos, se genera una discriminación hacia algunas personas bajo la justificación de lograr la paz en Colombia: un grupo de un grupo terroristas que ha cometido centenares de delitos de lesa humanidad y otra clase de crímenes recibirá perdón por sus actuaciones dentro de un marco jurídico para lograr la paz, generando así, por parte del gobierno, un sentimiento de injusticia y de inequidad.

Adicionalmente, también deberíamos evaluar la otra población carcelaria que se encuentran pagando penas por delitos generados indirectamente por el propio Estado,  por la falta de competencia en el ejercicio de sus deberes y en generar condiciones más equitativas en educación, salud, servicios públicos. Por ejemplo esas personas que cumplen penas por delitos cometidos de alguna manera en estado de necesidad;  quien roba para comer,  o esas personas que están en las cárceles por delitos como omisión de agente retenedor. Quienes no han sido un factor preponderante de análisis para el Estado, al contrario de los que se alzan en armas y cometen delitos, quienes, estos sí, son beneficiados por una  bondad y piedad estatal. Esa bondad que va en busca de lograr la paz.

La paz se logra con equidad y justicia, pero  no solo para las “víctimas” que generaron el conflicto sino para las víctimas causadas por la ineficiencia del estado en garantizar unas condiciones mínimas para el ejercicio de sus propios derechos plasmados en la constitución. Así las cosas, creo que todos los ciudadanos debemos esperar de nuestro gobierno  la misma bondad que ejerce con un grupo terroristas. Que no sean solo los de las Farc a quienes se les den unas mejores condiciones de salud y bienestar, también a los demás presos para que puedan gozar de los mismos beneficios; asimismo, que también se les dé la posibilidad a los empresarios colombianos, generadores de empleo, de tener una amnistía de los impuestos no pagados; que exista entonces una verdadera igualdad de trato entre quienes cometen atrocidades, quienes cometen delitos por necesidad y quienes crean riqueza en el país.

Los anteriores son solo algunos ejemplos que puedo nombrar  para que el Estado entre en cordura y aplique sus beneficios a todos. De no hacerlo se  generaría  un resentimiento y un ejemplo negativo para los colombianos que hace las cosas bien. De  lo contrario se daría razón a que la solución para ser tomados en cuenta es alzarse en armas para recibir la bondad del Estado; es decir, el mensaje no debe ser que para que el Estado tome en cuenta al ciudadano se tiene que convertir en terrorista, sino que para que el estado lo tenga en cuenta en los beneficios el ciudadano tiene que hacer las cosas bien.

Por ello es que la paz no se hace beneficiando a unos pocos, sino que se ejecuta tomando en  cuenta a todos y mucho más a los ciudadanos que hacen las cosas bien y se sujetan a la ley, o por lo menos a aquellos que deben tomar decisiones reprobables por sus circunstancias particulares: dejar de pagar impuestos o quienes desafortunadamente tienen que robar para darle de comer a sus hijos. Estos no han matado, pero para ellos no hay mayor beneficio que el cumplimiento de la Ley. Para los terroristas, por el contrario, hay mucha más que bondad.


jueves, 12 de noviembre de 2015

¿Por cuánto tiempo más debemos sufrir la falta de planeación del Estado?

Por: John Rojas Quimbayo
Gerente General de Activo Legal
Resulta de alguna manera contradictorio que el Estado quien es el encargado de planear y prestar los servicios públicos, hable de un aumento en las tarifas de energía como resultado de un fenómeno natural. Y es que el problema no es el fenómeno del niño, es la falta de planificación por parte del Estado de generar unas condiciones favorables para la generación de energía por cuanto a que el único modo de generarla no es solamente por la vía hidráulica, sino que existe otros métodos de generación que no dependen propiamente del recurso hídrico.

Por eso es contradictorio y aún más contradictorio que compare el fenómeno ocurrido en los años noventa y que de manera diplomática afirme que sus consecuencias son mayores que los de esos años sin aceptar que el Estado no se ha preparado para asumir este fenómeno, generando otras formas de generación de energía eléctrica como la energía eólica y otras tantas que existen en el mundo. Lo único que demuestra es la falta de competencia por parte del Estado en la planificación y planeación en la prestación de servicios públicos, y que no solamente ocurre con el servicio público de energía sino que además ocurre con otros servicios públicos como el de acueducto y alcantarillado.

Desde los años noventa hasta hoy se ha advertido de todos los fenómenos climáticos derivados como consecuencia del desarrollo económico de los países y del mundo. Esto no es nuevo, esto tan solo es la consecuencia de una profecía ya dicha por los mal llamados ambientalistas de su época. Ahora tenemos que formularnos una pregunta ¿Seremos todos los ciudadanos colombianos parte de lo que llaman en la actualidad los desplazados climáticos o víctimas por los efectos del cambio climático?

Por culpa de la falta de planeación del Estado, que por más de dos décadas ya conocía de las consecuencias de tales fenómenos, siendo que somos un Estado garantista para unos temas y para otros no, ¿por qué no nos hemos preparado para afrontar una crisis en la escases del agua prestando el servicios de acueducto y alcantarillado a los más afectados?, ¿o es que tan solo la energía es lo más importante, siendo que el derecho al agua de todo ser humano es vital para sus supervivencia?

Por último me gustaría preguntar, ¿cuál será la otra medida populista e improvisada por parte del Estado para afrontar otra crisis no del sector eléctrico sino de otros sectores? Teniendo en cuenta el problema climático ya anunciado, deberíamos pensar en eso y también deberíamos pensar si es o no una falta de recursos por parte del Estado teniendo en cuenta que en campañas y al momento de ejercer cargos públicos, lo único que se ha logrado es la burocratización del Estado generando nuevos puestos, para que ahora seamos nosotros quienes debamos pagar su propia improvisación.   

jueves, 5 de noviembre de 2015

Error o acierto de la Corte Constitucional en cuanto a la adopción por parte de parejas homosexuales

Por: John Rojas Quimbayo
Gerente General de Activo Legal
Antes de expresar unas pocas ideas frente al fallo histórico de la Corte Constitucional sobre la posibilidad de la adopción de menores por parejas del mismo sexo en Colombia, es importante resaltar el respeto que en particular siento sobre las personas que exhiben esta orientación sexual y que los comentarios o las expresiones que desarrollaré a continuación no van en contra ni de este género ni están matizadas de algún ingrediente que lleve a la discriminación.

En mi opinión en Colombia no estamos preparados ni el mismo sistema educativo lo está para afrontar este reto; ahora yo me pregunto: ¿cuál va ser la educación sexual que los niños reciban dentro de los colegios? Es decir, tendrían los docentes que prepararse para explicar la educación sexual entre parejas de diferente sexo y del mismo sexo y esto me genera una gran preocupación por cuanto a que los menores y los niños hasta ciertas edades son un molde que toca tallar y orientar. Creo que estamos pensando que los menores de edad tienen la capacidad para escoger como si fueran ya unos adultos y eso a todas luces no es cierto. Esto no quiere decir que el hecho de que un niño escoja su orientación sexual con personas del mismo sexo sea inmoral o equivocado, pero lo que si es cierto es que no es natural, por lo que creo que es una decisión equivocada que la Corte pretenda por un lado proteger el derecho de los menores a tener una familia y proteger el derecho de los padres adoptantes del mismo sexo a conformar una familia dejando de lado las futuras consecuencias que pueden sufrir los menores y tomándolos a ellos en una manera ilógica como un adulto que puede definir sus orientaciones en el ejercicio propio de su autonomía de la voluntad, si así lo fuera no existiría diferencia entre un adulto y un impúber, olvidando que priman los derechos de los niños sobre cualquier otro derecho.


Así las cosas, insisto, no estamos preparados porque además, ¿cómo pretenderemos que en los colegios, que es donde interactúan los menores, haya un control sobre los mismos menores en la discriminación que pueda producirse entre ellos y sobre las consecuencias que generará  en ellos y su orientación en la infancia para su ejercicio en la adultez? Está bien garantizarles el derecho a las parejas del mismo sexo a unir sus vidas, está bien garantizarle a ellos la protección igualitaria del Estado frente a sus derechos, pero lo que no está bien es que por pretender protegerlos a ellos se dé siquiera la posibilidad de la desprotección o violación de cualquiera de los derechos de los menores.  Ya que el fundamento en que la Corte afirma que si no existe esta clase de adopción se le estaría impidiendo a un niño tener una familia, en la cual no estoy de acuerdo porque existen miles de solicitudes de adopción, es decir, lo que prima en Colombia es la solicitud de adopciones de menores, luego no es cierto que se le esté impidiendo la opción de tener un familia a un menor.


Esta es una decisión irresponsable y garantista de un sector, olvidando que para ello y como para cualquier tipo de proyecto en una sociedad tenemos que estar preparados para garantizar los derechos no de uno sino de todos.


Pero resulta un poco preocupante que quien protege los derechos constitucionales de los ciudadanos colombianos no haga un análisis mayor y con la profundidad necesaria para determinar realmente cuáles van a ser los efectos de su pronunciamiento o de esta decisión para los menores de edad en Colombia, por cuanto a que no es solo la protección del derecho de los adoptantes a adoptar sino es la protección de los derechos de los menores. El artículo 44 de la Constitución estipula que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás y partiendo de esta premisa es claro que se abre una posibilidad no solo de adoptar menores e incluirlos dentro de una familia compuesta por una pareja del mismo sexo, sino que se abre la posibilidad a la vulneración de los derechos de los niños, por cuanto las repercusiones no solamente sociales sino educativas las van a padecer ellos mismos.

Por último, me pregunto cómo el Estado va garantizar el acceso a la educación de estas familias teniendo en cuenta que los colegios a pesar de que no pueden ejercer discriminación pero en su interior se tienen filosofías claras de lo que quieren y de las familias que quieren que pertenezcan a los colegios, entonces, ¿cómo el Estado podrá garantizar el acceso a una educación de calidad?, obviamente ningún colegio aceptaría que el motivo de rechazo de un estudiante sería ese motivo. ¿Cómo poder cambiar a un sistema educativo y una propia filosofía de educación sin tener aún las herramientas jurídicas eficientes para garantizar el acceso a una educación de calidad teniendo esta barrera? Por esto insisto que es una decisión irresponsable por quienes están llamados a defender el orden jurídico y constitucional de un Estado social de derecho en que a pesar de que se proteja un pluralismo de la misma manera genere circunstancias de vulneración de derechos y por sobretodo de vulneración de derechos de nuestros niños.